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 Noticias | Versión ampliada
General | 12/05/2011
Suspenden a Reutemann y a Llambías del registro de operadores de granos
El senador santafesino y el hombre de la mesa de enlace estaban inscriptos como productores. Pierden beneficios fiscales, pero pueden seguir operando.

El senador nacional por Santa Fe Carlos Reutemann y el presidente de Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), Mario Llambías, fueron suspendidos ayer del Registro Fiscal de Operadores de Granos, el mismo del que fuera expulsada la multinacional Bunge, como anticipó este martes El Cronista.

La sanción a ambos dirigentes, hombres fuertes del sector agropecuario y enfrentados en mayor o menor medida al Gobierno, se conoció ayer con la publicación en el Boletín Oficial de una extensa resolución, de más de 12 carillas, de la Administración Federal de ingresos Públicos (AFIP), en la que se informó acerca de expulsiones y suspensiones en ese Registro.

A diferencia de otros casos en los que existe denuncia o sospecha de evasión impositiva como sucedió con las grandes cerealeras, la penalización para Reutemann y Llambías, entre otro centenar de productores, se adoptó por encontrar incorrecta conducta fiscal en los controles sistémicos formales.

Es decir que la AFIP los quitó de manera temporal del registro por no cumplir con requisitos para gozar de los beneficios que prevé el sistema. No obstante, no se informó cuál fue el incumplimiento específico en el que incurrió el senador nacional; ni el que se le endilga al quizás más duro de los dirigentes nacionales de la mesa de enlace agropecuaria.

La resolución 2300 creó el Registro Fiscal de Operadores de Granos y estipula los beneficios impositivos (reducción de tasas de IVA y Ganancias) que tendrán los inscriptos en regla, así como las razones para suspender o expulsar a los inscriptos.
Carlos Alberto Reutemann y Mario Rafael Carlos Llambías fueron penalizados por el artículo 40, inciso a) de la resolución 2300. Ese apartado apunta a la incorrecta conducta fiscal por falta de presentación de declaraciones juradas vencidas; no registrar domicilio fiscal denunciado o el declarado; no acreditar inscripción como agente de retención del presente régimen, cuando por la naturaleza de las operaciones efectuadas se encuentre obligado. Ese inciso también señala que el inscripto puede será suspendido del registro si está incluido en la basa de contribuyentes no confiables y/o registre baja en el Impuesto a las Ganancias y/o detección de desvíos sistémicos en base a la información suministrada mediante el aplicativo del registro.

Al igual que en otros casos a los que la AFIP sacó de manera temporal del registro, tanto Reutemann como Llambías tendrán un plazo para regularizar su situación ante el ente recaudador. Si presentan la documentación que la AFIP les requiera, volverán a ser incluidos en el Registro. Pero también están expuestos a ser excluidos del sistema.

La suspensión genera dificultades, aunque menores. En la práctica, los suspendidos pueden seguir operando, y las retenciones del impuesto a las Ganancias se mantienen igual, pero pierden las del IVA. El Régimen Fiscal de Operadores de Granos estipula una tasa de Impuesto al Valor Agregado de 8 puntos porcentuales. Cuando está suspendido, la retención por IVA es del 10,5%.

En tanto, la expulsión plantea una retención mayor por Ganancias, que es del 2% sobre el excedente por encima de $ 12.000 para los inscriptos en regla, y que puede pasar hasta el 15%.

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